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EL SALARIO


( Presentación realizada por: Carolina Quevedo - Prezi 22/04/2018 )

SALARIO MÍNIMO
El salario mínimo es la compensación que garantiza la vida de las personas y sus familias a nivel social, cultural y financiero, salvaguarda los requerimientos diarios, las variaciones a las que se vea sujeta una persona a lo largo de la vida y los cambios a los que se enfrenta en el mundo actual.

El pago del Salario mínimo se dará por la labor sea semanal o diaria ordinaria cuando no se haya acordado con el empleador un valor mayor, será proporcional a las horas trabajadas cuando el trabajo se realice en jornadas inferiores a la máxima legal y siempre y cuando no se trate de la labor establecida de 36 horas que se estipula en el artículo 20 de la ley 50 de 1990.


El incumplimiento al pago del salario mínimo dará lugar a sanciones de tipo administrativo como multas equivalentes a los 100 salarios mínimos legales, impuestas por el Ministerio de la Protección social. En procesos judiciales cuando ocurra una falta al pago del salario mínimo al colaborador se debe pagar una indemnización que equivaldrá al valor de los salarios y prestaciones sociales producidos durante la relación laboral y que el  haya recibido por parte del empleador .

El pago de un salario puede hacerse personalmente o por medio de trasferencia bancaria a favor del trabajador, en periodos iguales, los sueldos en el tiempo no máximo a un mes y los jornales máximo a una semana. Cabe resaltar que el pago por horas extras va en conjunto al salario ordinario y en algunas ocasiones se cancela con el salario del mes siguiente.

La Declaración de los Derechos Humanos, la Carta de Bogotá de los Estado  Americanos y  la Constitución  de  la  Comunidad  Europea establecen este principio,  que la   Constitución     Nacional   estatuye    en    los    artículos    1,    13,    25  y    53. La   prohibición de  la    discriminación  salarial, en cualquiera  de  sus  formas, es  universal,    constitucional  y  legal. El  artículo 143  del C.S.T. dice textualmente:
 "A  trabajo  igual  desempeñado en puesto,  jornada  y condiciones  de     eficiencia   también  iguales, debe  corresponder  salario  igual,     comprendiendo  en  éste  todos  los  elementos  a   que  se  refiere  el  artículo  127".  "No pueden  establecerse  diferencias en  el   salario  por razones  de  edad,  sexo,  nacionalidad, raza,  religión, opinión política  o    actividades  sindicales".

Puede  haber  trabajadores  semejantes pero  que han    sido valorados,  al ser  contratados, de manera diferente, en consideración  al  cargo.    El    empleador   es   libre  de  conceder  unilateralmente  salarios dispares,    que  no  constituyen   discriminación. En este  sentido, no    existe    un    trato  desigual  concreto. Los  salarios  bien  pueden  ser  diferentes en atención  a  la  categoría, duración, calidad y cantidad  de trabajo, según  la  organización    empresarial.    Lo    que    proscribe    la    ley    es    la    falta de  equidad  en  el  salario  y  el  trato  desigual  de los trabajadores, cuando  se  cumplen  los requisitos de  jornada cargo y eficiencia  laboral. 
(Extraido cartilla semana 5 Derecho laboral - Politécnico Grancolombiano)


Comentarios

  1. Al inicio de éste artículo se menciona el salario mínimo,como la compensación que garantizará la vida social, familiar y financiera de una persona, por otro lado vemos que en la Declaración de los derechos humanos con respecto al salario y su discriminación : "A trabajo igual desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual, comprendiendo en éste todos los elementos a que se refiere el artículo 127". "No pueden establecerse diferencias en el salario por razones de edad, sexo, nacionalidad, raza, religión, opinión política o actividades sindicales", será entonces que en las normas y leyes laborales de éste país se cumplen éstas normas a cabalidad? , pues personalmente considero que a través de la educación y el desarrollo tecnológico se puede lograr aumentar la productividad para las empresas y que éstas a su vez generen más ganancias que garanticen el ofrecimiento de mejores condiciones salariales para sus empleados y así se tenga una mejor calidad de vida.



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  2. Durante los últimos años en Colombia el porcentaje de aumento del salario mínimo ha disminuido en cantidades exorbitantes, cada año la controversia que se genera alrededor de este tema es de gran preocupación para el pueblo teniendo en cuenta que los gastos educativos, la canasta familiar, y en general todo lo que abarca la supervivencia de las personas son mayores a la retribución económica que se recibe por tener empleado.

    En el año 2018, la presidencia de Colombia mostró el aumento del salario como un "Gran logro" para los colombianos, sin embargo para nadie es un secreto que cada año al dar este aumento que nunca cumple las expectativas, también suben las tarifas de diferentes ámbitos; por ejemplo el transporte.

    Ante los ojos del gobierno aumentar el auxilio de transporte y en consecuencia el salario de las personas, es una especie de favor que nos están haciendo, pero de nada sirven este tipo de retribuciones cuando no son equitativas ni con el tipo de labor que desempeña una persona, ni su formación académica y mucho menos con el devengo que se deben asumir para cumplir estas tareas.

    Por ahora el pueblo colombiano se resigna a recibir lo básico, lo que estipula la ley, con el temor de no exigir más por la falta de oportunidades y por las necesidades que permanecen, no obstante se debe mantener la lucha por mejorar las decisiones de nuestros gobernantes para obtener un beneficio común.

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  3. Como lo mencioné en otro de mis comentarios los empleados tienen mucha demanda de gastos , donde se gasta más de lo que se gana ya que el salario mínimo vigente es muy poco y los productos básicos de la canasta familiar en cuanto a la alimentación cada vez más costosos, el presidente Santos mencionó en una entravista de que con ciertos pesos alcanzaba una persona que gana un mínimo a almorzar , pero lo cierto es que si ustedes señores del gobierno no salen a buscar un almuerzo corriente o ejecutivo con un salario mínimo al mes “ por lo menos de prueba en unos dos meses “ jamás van a saber las necesidades de los que ganan muy bajos salarios. Así que “ vengan y prueben , para que vean que el COLOMBIANO es un guerrero , con la ayuda de ustedes , todos tendrán más tiempo para compartir con sus seres queridos y serán colombianos más “felices “

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  4. Cuando hablamos de un nivel salarial en un país como Colombia, nos referimos al grado de desigualdad en el ingreso de los empleados, donde tenemos funcionarios públicos que devengan salarios entre $9.316.298,35 y $13.974.447,53, dependiendo del cargo que tengan, y el resto de la población ganando $781.242 mensuales, un salario mínimo con sus respectivas deducciones de aportes a la seguridad social y otras.

    Dependiendo de la empresa, se puede destacar aquellas que tienen un reconocimiento salarial para empleados, ajustado a sus conocimientos y responsabilidades, y la otra cara de la moneda nos muestra empleados que están sobre perfilados ganando menos, pero que por necesidad se ajustan al empleo.

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